sábado, 25 de marzo de 2017

Obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL)

Independiente de las obligaciones estipuladas en el Sistema General de Riesgos Laborales, las ARL deben: Los trabajadores tenemos las siguientes responsabilidades en cuanto a Seguridad y Salud en el Trabajo: Procurar el cuidado integral de nuestra salud. Capacitar al COPASST o al Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo en los aspectos relativos al SG-SST. Informar oportunamente al empleador acerca de los peligros y riesgos latentes en nuestro sitio de trabajo. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Realizar la vigilancia delegada del cumplimiento del SG-SST e informarán a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Trabajo los casos en los cuales se evidencia el no cumplimiento del mismo por parte de sus empresas afiliadas. Participar en las actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo definido en el plan de capacitación del SG- SST. Suministrar información Clara, veraz y completa sobre nuestro estado de salud. Prestar asesoría y asistencia técnica a las empresas afiliadas, para la implementación del SG-SST.

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