sábado, 25 de marzo de 2017
Obligaciones de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL)
Independiente de las obligaciones estipuladas
en el Sistema General de Riesgos Laborales, las
ARL deben:
Los trabajadores tenemos las siguientes
responsabilidades en cuanto a Seguridad y
Salud en el Trabajo:
Procurar el cuidado integral de
nuestra salud.
Capacitar al COPASST o al Vigía en
Seguridad y Salud en el Trabajo en los
aspectos relativos al SG-SST.
Informar oportunamente al empleador
acerca de los peligros y riesgos
latentes en nuestro sitio de trabajo.
Participar y contribuir al cumplimiento
de los objetivos del Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo
SG-SST.
Cumplir las normas, reglamentos e
instrucciones del Sistema de Gestión
de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Realizar la vigilancia delegada del cumplimiento del
SG-SST e informarán a las Direcciones Territoriales del
Ministerio de Trabajo los casos en los cuales se evidencia
el no cumplimiento del mismo por parte de sus empresas
afiliadas.
Participar en las actividades de
capacitación en seguridad y salud
en el trabajo definido en el plan de
capacitación del SG- SST.
Suministrar información Clara, veraz
y completa sobre nuestro estado de
salud.
Prestar asesoría y asistencia técnica
a las empresas afiliadas, para la
implementación del SG-SST.
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